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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371049
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 501
CONTRATO DE TRABAJO, ES DIFERENTE DE EL DE COMISION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 501
El contrato de comisión no se distingue del de trabajo, por el hecho de que este ocupe todo el tiempo del trabajador, sino porque en él existen los principios de dirección y dependencia de que habla el artículo 17 de la Ley Federal del Trabajo, lo que no sucede en la comisión.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1761/42. Joubert Pablo Adolfo. 10 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Disidente: Armando Z. Ostos. La publicación no menciona el nombre del ponente.