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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371055
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 559
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 559
Es a la parte quejosa en el amparo, a quien corresponde demostrar el estado del juicio laboral, para el efecto de que los jueces de distrito puedan apreciar si era o no necesaria alguna promoción de parte, para la continuación del procedimiento; pues desde la presentación de la demanda, hasta antes de la formulación de alegatos, se requiere una promoción de parte, para que el juicio siga su curso, mas no después de ello. Por tanto, si en el caso se ignora el estado del juicio laboral, es claro que no existe base alguna para determinar si por el estado del negocio, era, o no, necesaria, una promoción de parte, para que continuara el procedimiento.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 1808/46. San Francisco Mines of México, Limited. 11 de julio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.