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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 854
LAUDOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 854
Las juntas tienen facultad para dictar sus laudos a verdad sabida, sin necesidad de sujetarse a reglas sobre estimación de pruebas; pero tal facultad no puede extenderse hasta el punto de que deduzcan de tales pruebas o de las actuaciones, conclusiones que no se apeguen a la lógica más elemental.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1508/46. Toledo Alfaro Faustino. 23 de julio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.