Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/371091
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
371091
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 989

INTERMEDIARIOS EN MATERIA DE TRABAJO.

[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 989

Precedentes

Amparo en materia de trabajo 4933/46. Mejía Solís Juan. 25 de julio de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCVI, página 1097, tesis de rubro "INTERMEDIARIOS.".
Registro digital (IUS): 371091