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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371107
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1224
ENFERMEDADES PROFESIONALES. BRONCONEUMONIA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1224
El artículo 326 de la Ley Federal del Trabajo, que contiene la tabla de enfermedades profesionales, es de carácter enunciativo, pero no limitativo; por lo que una enfermedad, como la bronconeumonía que ocasionó la muerte del trabajador, aunque no esté comprendida en dicha tabla, puede tener el carácter de profesional, cuando se llenan los requisitos a que se refiere el artículo 286 del mismo ordenamiento, que establece que enfermedad profesional es el estado patológico que sobreviene por una causa repetida por largo tiempo, como obligada consecuencia de la clase de trabajo que desempeña el obrero, o del medio en que se ve obligado a trabajar y que provoca en el organismo una lesión o perturbación funcional por agentes físicos o patológicos. Ahora bien, si en la especie se concluyó que el trabajador padeció en vida neumoconeosis de poca intensidad, fibrosis pulmonar de intensidad media y tuberculosis nodular discreta; que murió de bronconeumonía; que está enfermedad fue intercurrente con las otras, y que los obreros atacados de silicosis están expuestos a contraer bronconeumonía, es claro que estos razonamientos debieron formar la conciencia de la Junta, en el sentido de que la bronconeumonía que causó la muerte al trabajador, tuvo el carácter de profesional; porque dicha enfermedad se desarrolló en un periodo silicoso, enfermedad que está considerada como profesional; porque el obrero también se encontraba tuberculoso; porque se reconoció que en vida del trabajador existió invalidez de origen profesional; y porque existe la opinión del jefe del departamento médico de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, en el sentido de que en términos generales, un obrero silicoso si está expuesto a bronconeumonía y como consecuencia propensiva del padecimiento inicial de que se trata, y aunque en tal opinión se dice que esa propensión existe únicamente en las fases avanzadas de la neumoconeosis mencionada, y casi siempre como proceso terminal, en el caso no se trata de una neumoconeosis incipiente, puesto que el trabajador padeció de neumoconeosis de poca intensidad, y fibrosis de intensidad media. Por tanto, la bronconeumonía, enfermedad intercurrente que ocasionó la muerte al trabajador, tuvo el carácter de profesional.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 2109/45. Robledo Cleófas. 1o de agosto de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo XC Pág. 236.
Tomo XC Pág. 244. El Art. 286 Corresponde Al 475 Y El 326 Corresponde Al 513 De La Legislación Vigente.