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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371139
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1591
PRUEBAS EN EL INCIDENTE DE SUSPENSION, NO TIENEN VALOR EN EL PRINCIPAL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1591
El incidente de suspensión y el juicio principal, son dos expedientes diversos, por lo que los documentos que se ofrecen como prueba en uno de ellos, no pueden tenerse con ese carácter en el otro, a no ser que se desglosen dejando copia certificada en su lugar, o solicitando que se expida la certificación correspondiente de la misma, para presentarla en la audiencia respectiva. En el caso, un certificado ofrecido para el incidente de suspensión, no pudo tomarse en consideración, ni siquiera para la tramitación del juicio constitucional.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 6538/46. Fernández Río Antonio. 15 de agosto de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.