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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371145
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1666
MEDIDAS DISCIPLINARIAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1666
Ya se trate de la justificación de un despido, o ya de la aplicación de una medida disciplinaria, el patrón esta obligado a comprobar los motivos de las mismas, para que las autoridades competentes estén en aptitud de juzgar si proceden legalmente, o no; por lo que si se ejército la acción de pago de salarios por los días en que los actores fueron suspendidos, fundándose en que la medida no tenia causa ni motivo, es claro que correspondió a la empresa como consecuencia del reconocimiento de haberla dictado, la carga de la prueba sobre la justificación de la misma.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 480/46. San Francisco Mines of, México Ltd. 18 de agosto de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.