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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1751
HORAS EXTRAORDINARIAS, CARGA DE LA PRUEBA EN CASO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1751
Cuando el acto afirma haber trabajado en días de descanso y en horas extraordinarias, e a él a quien incumbe la prueba de estos hechos, porque la presunción legal que favorece al obrero, cuando ha demostrado la existencia del contrato y su presencia en el trabajo en los días laborales, no puede existir cuando se trata de trabajo en los días de descanso y de horas extraordinarias , porque estas labores no son las ordinarias y normales, sino que son una excepción, y por tanto, deben ser probadas por quien afirma haberlas desempeñado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 616/45. Trejo Valdés Rodolfo. 22 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.