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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371161
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1752
RECUSACION DEL REPRESENTANTE DEL CAPITAL DE UN JUNTA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1752
Si el quejoso efectivamente presentó escritos de recusación, y éstos no fueron acordados y se excluyeron de los autos, dicho quejoso no puede reclamar esta anomalía por medio del juicio de amparo, sino que a sus interés corresponde recurrir a la Ley de Responsabilidades o a cualquier otro procedimiento legal adecuado al caso.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 616/45. Trejo Valdés Rodolfo. 22 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.