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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371168
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1819
CONCEPTOS DE VIOLACION IMPRECISOS EN LA, DEMANDA DE AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1819
Si el quejoso se limitó a exponer que la responsable infringió los artículos 550, 551, 553 de la Ley Federal del Trabajo, 81, 82 del Código Federal de Procedimientos Civiles y 14 y 16 de la Constitución Federal, dejando de exponer los conceptos por los cuales estima cometidas esas infracciones legales; pero en la relación de hechos de su demanda, hizo presente que las pruebas que aportó el demandado, no comprobaron plenamente la excepción que opuso, y que con las que ofreció, quedó demostrado el nexo contractual; al desconocerle valor probatorio a éstas últimas, la responsable, haciendo apreciaciones favorables en pro de la demandada, y omitiendo el estudio de las por él rendidas, que infringió los artículos 550 y 551 de la Ley Federal del Trabajo; es de considerarse que la anterior exposición entraña conceptos violatorios y que deben de analizarse por este alto Tribunal, aunque se hallen concebidos en términos imprecisos.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9449/46. Juárez Severiano. 25 de agosto de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.