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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371182
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1889
ASCENSO DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, QUIEN DEBE HACER LA DECLARACION DE LAS VACANTES DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 1889
La declaración del derecho a ocupar en definitiva las plazas vacantes, corresponde a la Comisión de Escalafón de cada unidad burocrática, conforme a lo dispuesto en el Inciso c) del artículo 41 del Estatuto de los trabajadores al Servicio de los Poderes de la Unión.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8280/46. Secretaría de Educación Pública. 27 de agosto de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Roque Estrada y Antonio Islas Bravo. Relator: Antonio Islas Bravo.