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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371201
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2018
SALARIO, LAS PERCEPCIONES POR CONCEPTO DE SERVICIOS MEDICOS NO FORMAN PARTE DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2018
La Junta no obró correctamente al amputar el salario con el aumento de cuatro pesos mensuales por servicios de médicos y medicinas para cada uno de los familiares del trabajador; porque no se trata de un aumento ordinario del salario, sino de una percepción eventual que constituye, ciertamente, una ventaja económica en favor de dicho trabajador, pero que no puede ser cuantificada con las aludidas cantidades de cuatro pesos mensuales por cada familiar, pues no quedó probado que, efectivamente, se hubiese hecho exigible la obligación mencionada.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5417/45. Cía. de Tranvías, Luz y Fuerza de Puebla. 2 de septiembre de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.