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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371219
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2184
ACTO RECLAMADO EN DIVERSOS AMPAROS (INCIDENTE DE SUSPENSION).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIII; Pág. 2184
Cuando el juez de distrito afirma que en diversos juicios de amparo, el quejoso reclamo los mismos actos que en el actual, y dicho quejoso no prueba que se trata de actos diversos, debe aceptarse la afirmación del mencionado juez de distrito y confirmarse la sentencia que haya dictado, sobreseyendo en el juicio de garantías, conforme a los dispuesto por los artículos 73, fracción IV y 74, fracción III, de la Ley de Amparo, criterio que es aplicable el inferior, en su fallo, dice que su Juzgado ya había resuelto un incidente de suspensión, formado en un juicio de amparo, con los mismos actos reclamados y contra las mismas autoridades, aseveración que debe tenerse como cierta ya que la parte recurrente en ninguna probanza rindió contrario para acreditar que fueron diversos los actos reclamados a las autoridades responsables.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 5308/46. El Banco Ganadero, S. A. y coags. 9 de septiembre de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.