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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371245
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 11
HIGIENE DEL TRABAJO, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA EL REGLAMENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 11
No debe tomarse en consideración el agravio en el sentido de que no debe negarse la suspensión en contra del Reglamento de Higiene del Trabajo, porque aun cuando deje de tener aplicación, quedaría en vigor el que con anterioridad se expidió con el mismo objeto; porque el hecho de que exista un reglamento de higiene, promulgado con anterioridad al que se reclama, no indica que la nueva disposición no sea de orden público, pues si hubo necesidad de expedir un nuevo reglamento, esto indica que el poder público estimó que el que ya estaba en vigor, no llenaba las necesidades de los centros de trabajo.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión. 4001/46. Compañía Mexicana de Explosivos, S. A., y coag. 1o. de abril de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.