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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 572
CONFESION EN EL PROCEDIMIENTO OBRERO (MENORES DE EDAD).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 572
Es correcto que el desechamiento de la prueba confesional a cargo de unas jóvenes que son menores de edad, y no puede alegarse en favor de la prueba, que la Ley Federal del Trabajo declara válidos los actos del trabajador que tenga dieciséis años de edad o más, porque tal disposición legal se refiere a las actividades propias del trabajo y no a lo relativo a la capacidad civil para declarar, que se rige por las disposiciones del Código Federal de Procedimientos Civiles, supletorio de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 7335/44. Arroyo Victoria. 16 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.