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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 650
MAESTROS, CONTRA LOS DESCUENTOS SINDICALES, DEBEN OCURRIR PREVIAMENTE AL TRIBUNAL DE ARBITRAJE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 650
Contra los descuentos sindicales, de los sueldos de unos maestros, dictados en contra de la voluntad de los mismos, debe ocurrirse al Tribunal de Arbitraje, para que si este dicta una resolución violatoria de garantías, puedan entonces ocurrir a la vía de amparo; pero si previamente no se agota ese recurso, el juicio de garantías es improcedente.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desecho la demanda 2085/41. 17 de abril de 1947. Mayoría de tres votos. Disidentes: Antonio Islas Bravo y Hermilo López Sánchez. Ponente: Roque Estrada.