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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371318
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 801
ARBITRAJE, NEGATIVA DEL PATRON PARA EL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 801
El ejercicio del derecho que otorga el artículo 601 de la Ley Federal del Trabajo, a la parte patronal, no requiere el consentimiento del trabajador y menos aún el del sindicato, cuyos derechos no estaban a discusión, ni se trata de convenio alguno. Tampoco tiene aplicación lo dispuesto por el artículo 52 del mismo ordenamiento por referirse este precepto a acciones sindicales que nacen del contrato colectivo, para existir su cumplimiento y el pago de daños y perjuicios, que nada tienen que ver con el referido artículo 601.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7203/46. Sindicato Único de Empleados de Comercio, Industria, Oficinas Particulares y Similares, de Veracruz. 21 de abril de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Armando Z. Ostos. La publicación no menciona el nombre del ponente.