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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371381
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1518
COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1518
Desde el momento que el reclamante acudió a una Junta de Conciliación y Arbitraje, es inconcuso que se sometió a dicha Junta, para que la misma conociera y fallara el conflicto suscitado con su demanda; y, siendo esto así, no pudo legalmente acudir a otra Junta, promoviendo la incompetencia de aquella ante la que se había presentado.
Precedentes
Competencia 29/46. Suscitada entre la Junta Especial Número Seis de la Central e Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal y el Grupo Especial Número Once, de la Federal de Conciliación y Arbitraje. 10 de mayo de 1947. Mayoría de once votos. Disidentes: Emilio Pardo Aspe, Luis Chico Goerne, Agustín Téllez López, Mariano Ramírez Vázquez y Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.