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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371386
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1622
HUELGAS, SUSPENSION CONTRA LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 1622
Los Jueces de Distrito, al conocer de la suspensión, no deben resolver si una huelga fue declarada por un sindicato que no tiene trabajadores en la empresa, pues de hacerlo así, resolverían cuestiones que miran hacia el fondo del amparo, que no deben ser materia de la suspensión.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. revisión del incidente de suspensión 7202/46. "Distribuidora Perfumes", S. A. 5 de junio de 1947. Mayoría de tres votos. Ausente: Luis G. Corona. Disidente: Roque Estrada. Relator: Antonio Islas Bravo.