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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371420
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2084
INCAPACIDAD PARCIAL PERMANENTE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2084
La incapacidad total permanente, es la que impide a un obrero, trabajar para todo el resto de su vida, en su ocupación habitual, y ésta incapacidad es distinta de la incapacidad parcial permanente que, aunque sea absoluta para ejercer una profesión, permite al inhabilitado dedicarse a otra; particularidad que deben tomarse en cuenta para determinar el grado de porcentaje de la incapacidad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5538/46. Gallegos Jiménez Leandro. 20 de junio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.