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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371424
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2100
JUNTAS, OMISION NO LESIVA, EN EL ESTUDIO DE LAS PRUEBAS POR LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2100
Si la Junta deja de analizar la prueba documental privada, ofrecida por la parte quejosa, consistente en unos cuadernillos escritos de su puño y letra en los que hacía anotaciones sobre la distribución de unas cantidades, que entregaba diariamente uno de los demandados, como gastos ordinarios; debe decirse que tal omisión no entraña perjuicio para la parte quejosa, ya que esos cuadernillos sólo tienen anotaciones suyas, es decir, su simple dicho.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5034/46. Reyes María Guadalupe. 20 de junio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.