Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/371432
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371432
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2173
DEMANDA DE AMPARO, FALTA DE REQUISITOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2173
No se cumple con los requisitos prevenidos por la fracciones IV y VII del artículo 166 de la Ley de Amparo, cuando en la demanda de garantías no se dice si se reclaman violaciones a leyes del procedimiento o de fondo, ni se precisa cuál es la parte de procedimiento en que se hubieran cometido violaciones y el motivo por el cual se hubiera dejado indefensa a la parte quejosa, aunque se citen varias leyes, pero sin exponerse en párrafos separados y numerados, leyes de fondo que hubieran dejado de aplicarse. En tales condiciones, no hay materia para el juicio constitucional, debiéndose dictarse el sobreseimiento respectivo.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1566/46. Acuña Celso E. y coag. 23 de junio de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. La publicación no menciona el nombre del ponente.