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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371454
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2445
LICENCIAS A LOS TRABAJADORES DEL ESTADO, LOS ACUERDOS QUE LAS CONCEDEN, NO SON CONVENIOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2445
El aviso de licencia concedida a un trabajador del Estado, no puede ser considerado como un convenio entre el trabajador y el titular respectivo, porque no tiene las características de tal, sino lisa y llanamente la de un acuerdo recaído a una solicitud del empleado.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6928/46. Ceballos García Armando de. 27 de junio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Antonio Islas Bravo. Relator: Luis G. Corona.