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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371461
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2480
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCII; Pág. 2480
El actor está obligado a promover desde la presentación de la demanda, hasta los alegatos, y si deja de hacerlo por más de tres meses, tal inactividad trae consigo la aplicación del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo; debiendo las Juntas dictar el desistimiento de la acción, y mandar archivar el expediente.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 131/47. Petróleos Mexicanos. 27 de junio de 1947. Mayoría de cuatro votos. Relator: Luis G. Corona.