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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371463
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 74
PETROLEOS MEXICANOS, DEBE OTORGAR FIANZA PARA LA SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 74
La fracción VI del artículo 107 de la Constitución Federal, no exime a Petróleos Mexicanos de la obligación de otorgar fianza, en cuya primera parte se expresa que la ejecución de sentencia definitiva sólo se suspenderá si el quejoso da fianza de pagar los daños y perjuicios que la suspensión ocasionare.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 457/45. "Petróleos Mexicanos". 6 de enero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.