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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371538
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1594
INCAPACIDAD DE LOS TRABAJADORES, MEDIO DE PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1594
La incapacidad alegada por el trabajador, debe necesariamente ser acreditada mediante la prueba idónea, que lo es la parcial; y si el actor ofreció únicamente la documental, consistente en un certificado expedido por un médico, debe decirse que ese certificado, en forma alguna puede hacer prueba plena, si ni siquiera fue llamado el indicado médico, a rectificar tal documento.
Precedentes
Tomo XCI, página 3319. Indice Alfabético. Amparo 6847/45. Rodríguez Enrique. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Antonio Islas Bravo.
Tomo XCI, página 1594. Amparo directo en materia de trabajo 6709/45. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 21 de febrero de 1947. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis G. Corona. Ponente: Antonio Islas Bravo.