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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371547
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1682
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS, HASTA QUE MOMENTO PUEDE DECRETARSE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 1682
Examinando los diversos momentos procesales, a partir de la presentación de la demanda hasta la formulación de los alegatos, tanto en lo que se refiere a la intervención que en el procedimiento tienen los tribunales del trabajo como las partes interesadas en el mismo, con las diversas cargas y obligaciones procesales que les corresponden, interpretando el artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, se ha establecido que hasta antes de la formulación de alegatos, es necesaria la actividad o promoción de las partes, para el movimiento y continuación del procedimiento, y por tanto, debe mediar petición ya sea para el señalamiento de la fecha para la celebración o continuación de la audiencia respectiva, para el desahogo de pruebas, para la práctica de diligencias, etcétera, y que la falta de esa promoción, la omisión de la gestión para que siga adelante el proceso, hace que opere la declaratoria de desistimiento de la acción, y como efecto del mismo, que perezca o se extingan los derechos del actor, efectos que, por otra parte, fácilmente pueden evitarse con sólo que las partes sean cuidadosas del curso o impulso del proceso, en beneficio de la pronta resolución de los conflictos de jurisdicción laboral y de la expedita administración de justicia.
Precedentes
Tomo XCI, página 3234. Indice Alfabético. Amparo en revisión 515/46. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 20 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo XCI, página 3234. Indice Alfabético. Amparo en revisión 6789/46. Compañía Exploradora y Explotadora S. A. 19 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo XCI, página 3234. Indice Alfabético. Amparo en revisión 6751/46. Compañía Exploradora y Explotadora S. A. 19 de marzo de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Hermilo López Sánchez.
Tomo XCI, página 1682. Amparo en revisión en materia de trabajo 1666/46. The Cananea Consolidated Copper Company, S. A. 26 de febrero de 1947. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Luis G. Corona. Ponente: Mariano Ramírez Vázquez.