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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371604
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2747
PELICULAS, EXHIBICION DE (COMPETENCIA EN MATERIA DE TRABAJO).
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2747
Si se toma en cuenta que la industria no es otra que un conjunto de operaciones que se encaminan a obtener un producto cualquiera, haya que concluir que la industria cinematográfica es el conjunto de operaciones encaminadas a la producción de las películas, sin que pueda comprenderse en ella la exhibición de las mismas; y siendo esto así, debe resolverse que es una Junta Central la competente para conocer de la demanda presentada contra una empresa dedicada a la exhibición de películas.
Precedentes
Competencia 96/44. Suscitada entre la Junta Federal de Conciliación Número Cinco, en Veracruz, y la Junta Especial Número Tres de la Central de Conciliación y Arbitraje del Estado de Veracruz. 25 marzo de 1947. Unanimidad de dieciséis votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.