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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371610
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2859
CONTRAFIANZA EN AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XCI; Pág. 2859
La contrafianza tiene por finalidad no sólo restituir las cosas al estado que tenían antes de la violación de garantías, sino también la de pagar los daños y perjuicios que sobrevengan al quejoso, en el caso de que se le conceda el amparo, y, por tal motivo, su monto debe calcularse en relación con el importe de lo que pretende obtener el tercero perjudicado, mediante el otorgamiento de esa contrafianza, con más, el interés legal consiguiente, por el tiempo que dure la tramitación de la controversia constitucional, y esa fijación constituye una facultad discrecional para los Jueces de Distrito, quienes para hacerla, deben de tener en consideración los elementos necesarios que para ese fin aporte el propio quejoso a las autoridades designadas responsables.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 575/46. Salazar Reyna Guadalupe. 26 de marzo de 1947. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.