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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 233
JUNTAS, AUDIENCIA DE RESOLUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 233
La audiencia de resolución en una forma esencial del procedimiento en los juicios arbitrales, debido a que estos son orales, y la omisión de tal audiencia, es violatoria de las garantías constitucionales que conceden los artículos 14 y 16 constitucionales, por lo que contra ella debe concederse el amparo a fin de que se reponga el procedimiento y se celebre tal audiencia de resolución.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 5451/41. González Pedro J. 4 de octubre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.