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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371650
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 696
DESISTIMIENTO DE LA ACCION ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 696
La aplicación del artículo 479 de la Ley Federal del Trabajo, no hace nugatorios los derechos contenidos en los artículos 4o., 5o. y 123, de la Constitución Federal, porque no se atenta contra ninguna de esas garantías, sino que se sanciona la morosidad de las partes, lo cual es cosa distinta.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 9272/45. "Transportes Aéreos Mexicanos", S.A. 16 de octubre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente: Luis G. Corona. Relator: Hermilo López Sánchez.