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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371682
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1219
ENFERMEDADES PROFESIONALES, DETERMINACION DE LA EXISTENCIA DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1219
Para determinar la existencia de una enfermedad, si la misma fue, o no, contraída al servicio de una empresa, si aquella tiene o no, el carácter de profesional, y la incapacidad resultante, es indispensable la aportación al juicio laboral de datos científicos suficientes para ello, pero no es necesario que esos datos sean ofrecidos precisamente bajo la denominación de prueba pericial, pues aun siéndolo con el carácter de prueba documental, consistente en certificados médicos, el contenido de éstos es eminentemente técnico, con lo cual basta para que se pueda hacer la comprobación de los extremos indicados. Por tanto, para la referida comprobación, es de tomarse en cuenta el certificado expedido por un médico y ofrecido por la parte actora.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1687/46. Petróleos Mexicanos. 28 de octubre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.