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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371707
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1674
TRABAJO, DESECHAMIENTO DE LA EXCEPCION DE FALTA DE PERSONALIDAD EN EL PROCEDIMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1674
Debe confirmarse el auto que desechó la demanda de amparo interpuesta en contra del acuerdo de la Junta responsable, que desechó la excepción de falta de personalidad en el apoderado de la parte actora, opuesta en la audiencia respectiva, porque no se trata de una acto cuya ejecución sea irreparable, y así de violaciones que pueden repararse al enderezar el amparo contra el laudo que se pronuncie en el juicio correspondiente, de conformidad con la fracción II del artículo 159, en relación con la fracción XI, de este mismo precepto, así como el artículo 161 de la Ley de Amparo; debiendo estimarse, para el efecto de aplicar la fracción XI, que el acto reclamado es análogo al previsto en la fracción II invocada, porque en ambos se trata de una cuestión de personalidad.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del auto que desechó la demanda 5549/45. Petróleos Mexicanos. 13 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.