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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371712
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1726
TESTIGOS ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1726
Si la Junta tomó como parte de una prueba testimonial, lo manifestado por una persona en una carta; debe decirse que no obró correctamente, al tomar como declaración de un testigo, lo que manifestó en una carta que ratificó mucho antes de que se celebrara la audiencia de pruebas, privando así a una de las partes, del derecho que tiene para repreguntar a ese testigo. Por tanto, debe concederse el amparo a fin de que se dicte un nuevo laudo, sin tomar la carta aludida, como una prueba testimonial, por no tener tal carácter.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6266/46. Viveros Francisca. 14 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.