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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371722
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1807
PERITOS, ANTE LAS JUNTAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1807
Los peritos deben limitarse a contestar el interrogatorio que se les formule, pero no deben declarar lo que como testigos les conste, si no fueron propuestos con este último carácter, esto es, aunque los peritos digan haber visto que fue el actor quien hizo diversos trabajos en la casa, propiedad de la demandada, tal referencia no es de tomarse en cuenta, por tratar de hechos diversos a los que motivaron su designación y para los cuales no se requieren conocimientos especiales en ninguna ciencia o arte, ya que el interrogatorio que debieron contestar versó sobre si se había hecho reparaciones a la finca, sobre su naturaleza y también sobre su valor.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 4945/46. Hernández Mariano L. 15 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.