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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371734
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1988
TRIBUNAL DE ARBITRAJE, SUSPENSION CONTRA LOS LAUDOS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 1988
De acuerdo con la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo, es correcta la resolución del Tribunal de Arbitraje que concedió al gobernador del Distrito Federal la suspensión contra la ejecución del laudo que lo condenó a reinstalar al quejoso en su empleo, así como a pagarle los salarios que haya dejado de percibir durante el tiempo que esté fuera del servicio, pues aun cuando es cierto que, en términos generales, existe una relación de trabajo entre el poder público y sus servidores, también lo es que esta relación no tiene las características de un verdadero contrato de trabajo, en virtud de que el Estado no persigue ningún fin económico, así como que están en juego el interés social y público para otorgar la suspensión, a fin de que no preste servicios un trabajador del Estado, que carece de nombramiento, y que los sueldos correspondientes se cubran precisamente a personas que tengan ese requisito, de acuerdo con el presupuesto de egresos.
Precedentes
Queja en amparo en materia de trabajo 466/46. Rosas Maldonado Gilberto. 21 de noviembre de 1946. Mayoría de tres votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Disidente y relator: Antonio Islas Bravo. Engrose: Hermilo López Sánchez.