Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/371743
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371743
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2218
FERROCARRILEROS, ASCENSO DE GARROTEROS A CONDUCTORES.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2218
No porque unos ferrocarrileros reconocieron haber sustentado exámenes para ascender a conductores, en fecha posterior a otros, quiere decir que hubieran admitido tener derechos posteriores a estos; porque la simple prioridad en la fecha del examen, no basta para conferir el derecho para ascender, ya que es necesario, además, acreditar la prioridad en el servicio prestado, bajo pago en forma no eventual, como en el caso, en que los garroteros prestaron servicios como conductores, pero en forma eventual y no definitiva, ya que después de prestarlos, regresaron a sus puestos de garroteros, y en tales condiciones, los servicios prestados no pudieron sentar en su favor derechos de escalafón.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1988/46. Uribe Rojas Amado y coagraviados. 29 de noviembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hermilo López Sánchez. La publicación no menciona el nombre del ponente.