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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371750
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2376
SENTENCIAS NEGANDO EL AMPARO, EJECUCION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo XC; Pág. 2376
Si bien es cierto, en términos generales, que las sentencias que niegan el amparo no son susceptibles de ejecución, hay casos en que tales sentencias sí pueden ejecutarse, como es en el que se niega el amparo interpuesto contra una resolución de una Junta, declarándose incompetente para conocer de un incidente de nulidad, y mandando archivar el expediente como negocio terminado.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 7607/45. Solana María del Pilar, sucesión de, y coagraviadas. 2 de diciembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Relator: Hermilo López Sánchez.