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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371779
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 157
PERSONALIDAD EN EL AMPARO, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 157
Si el promovente no demostró el carácter con el cual se ostentaba en la demanda de garantías, en representación de la parte quejosa, es claro que de sobreseerse en el juicio; sin que obste la constancia del expediente arbitral, de la cual se desprende que la única intervención que tuvo el promovente consistía en que el actuario le notificó los laudos dictados en ese expediente; porque no es el actuario quien debe reconocer la personalidad de los apoderados o representantes de las partes en el juicio sino que quien debe hacer esto de manera privativa, es la Junta que conoce de la contienda.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 9587/45. Flores Vitalina. 4 de julio de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.