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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371849
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1041
SEGURO SOCIAL, SUSPENSION IMPROCEDENTE CONTRA LA LEY DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1041
La Ley del Seguro Social tiende al cumplimiento de una disposición constitucional y por ese motivo es de interés público, circunstancia ésta que determina la improcedencia de la suspensión que contra dicha ley se solicite, por no llenarse los requisitos que establece la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Tomo LXXXIX, página 3790. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 1156/45. Flores Marín Angel y coagraviados. 29 de julio de 1946. Mayoría de cuatro votos. Ponente y disidente: Antonio Islas Bravo.
Tomo LXXXIX, página 1041. Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 8199/45. Arrieta de Ruiz Esperanza S. 25 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. La publicación no menciona el nombre del ponente.