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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371851
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1045
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LOS LAUDOS QUE CONDENEN A CELEBRARLO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1045
Debe negarse la suspensión que se solicite contra el laudo de una Junta que condene al patrón a celebrar un contrato colectivo de trabajo con sus trabajadores, pues en el supuesto de que se concediera la suspensión, contra la firma de dicho contrato, los perjudicados serían los aludidos trabajadores en cuya protección existe interés, de parte de la sociedad.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del Incidente de suspensión 378/46. Villarreal Eduardo. 25 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Eduardo Vasconcelos. Ponente: Luis G. Corona.