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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371859
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1192
CONCEPTOS DE VIOLACION.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1192
Es infundado el concepto de violación de la parte quejosa, si no se expresan los motivos por los cuales la Junta debía conceder valor probatorio a determinadas pruebas, pues ya se ha establecido que el quejoso debe precisar no sólo cuáles de las pruebas presentadas dejaron de apreciarse, sino también los motivos por los que debió concederse valor probatorio a éstas.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 8905/45. Administración de los Ferrocarriles Nacionales de México. 29 de julio de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.