Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/371867
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371867
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1221
HULE, CONFLICTOS DE TRABAJO DE LOS, EMPRESAS INDUSTRIALIZADORAS DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1221
Si la empresa no es extraña a las labores de la industrialización del hule, es indudable que son competentes para conocer de los conflictos que surjan en su contra, con motivo de reclamaciones de sus obreros, las Juntas Federales de Conciliación y Arbitraje, de acuerdo con la fracción XXXI del artículo 123 constitucional; sin que obste que la aludida empresa extraiga otros productos como el corcho, la resina, bagazo, etcétera, ya que para sostener la competencia federal, basta que una de sus actividades sea la del hule.
Precedentes
Amparo en revisión en materia de trabajo 442/46. Cruz Albino de la y coagraviados. 30 de julio de l946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Corona. Ponente: Vasconcelos.