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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371915
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1874
CERTIFICADOS, SI LOS EXPIDE UN FUNCIONARIO, NO DEBE FIRMARLOS OTRA PERSONA.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 1874
Carecen de valor probatorio los certificados al parecer expedidos por el oficial mayor de la Secretaría de Agricultura y Fomento, pero firmado por persona distinta, que en el caso no se identifica, y que carece de facultades para ello, ya que si un certificado es expedido por una persona, no puede otra firmarlo en su lugar, sin decir los motivos que tuvo para hacerlo.
Precedentes
Amparo en materia de trabajo. Revisión del incidente de suspensión 330/46. Rosete Salgado Fernando. 19 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.