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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371921
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2016
PRESCRIPCION EN MATERIA DE TRABAJO, CUANDO SE INTERRUMPE.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2016
Aunque la reclamante, al absolver posiciones, manifestara que no reconocía más patrón que al esposo de la quejosa, no por eso pudo tenerse por no probada la acción en contra de esta última, la que admitió que su aludido esposo firmaba los contratos periódicos, con la parte actora, lo cual basta para considerar que la prescripción queda interrumpida, en atención a que la demanda fue dirigida contra la mencionada quejosa, por conducto de quien estaba autorizada por ella, para firmar los contratos, periódicamente.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 6503/45. P. De Barnett Luisa. 22 de agosto de 1946. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Eduardo Vasconcelos. Ponente: Luis G. Corona.