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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371929
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2143
INSPECTORES DE LOS CENTROS DE TRABAJO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2143
En las funciones de los inspectores de los centros de trabajo, establecidas en los artículos 403 y 404 de la Ley Federal del Trabajo, no se encuentran las atribuciones de autoridad judicial, para que reciban declaraciones que puedan constituir la confesión de un hecho.
Precedentes
Amparo Penal Directo. 2741/45. Garza Armando y coagraviada. 26 de agosto de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.