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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371961
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2632
CONCEPTOS DE VIOLACION, OMISION DEL PRECEPTO LEGAL QUE SE ESTIMA INFRINGIDO.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2632
No es de tomarse en consideración lo alegado por el agente del Ministerio Público Federal, en el sentido de que se niegue el amparo, porque las violaciones no se concretan a infracción de preceptos legales; porque ya se ha establecido que, cuando de la redacción de los conceptos de violación, se vea lógicamente cuál es el precepto legal que se estima infringido, la Cuarta Sala de este Alto Tribunal debe estudiar el fondo del negocio.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 782/46. Compañía Constructora "El Aguila", S.A. y coagraviada. 6 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.