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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371963
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2643
TRABAJADORES, SEPARACION VOLUNTARIA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2643
Si el hecho constitutivo de la excepción, fue la separación voluntaria del actor, separación que quedó acreditada, no era necesario que se demostrara que tuvo lugar en determinada fecha, pues bien pudo realizarse, y por ello debe estimarse acreditada la aludida excepción; pues es como cuando un demandado afirma haber pagado la cantidad que se le reclama en determinada fecha, pero comprueba que la realizó en otra diversa, en cuyo caso debe tenerse por acreditada la excepción de pago.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 1328/46. Trueba Venustiano. 6 de septiembre de 1946. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.