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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371967
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2712
CONTRATO DE TRABAJO, CUANDO NO OPERA LA NULIDAD DEL.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2712
La nulidad de los actos jurídicos tiende a la destrucción de sus efectos en forma retroactiva, restituyendo las cosas a la misma situación en que se encontraban antes de ejecutarse; y estos efectos son de imposible reparación en el caso, puesto que el actor prestó sus servicios y percibió sus salarios correspondientes, y aun cuando estos últimos pudieran devolverse a la empresa, los primeros son de imposible restitución; por lo que debe decirse que la empresa comete error, al afirmar que el actor ejercitó una acción de nulidad.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 8895/45. Petróleos Mexicanos. 9 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. La publicación no menciona el nombre del ponente.