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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 371978
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2823
PETROLEOS MEXICANOS, ES PATRON SUSTITUTO DE LAS EMPRESAS EXPROPIADAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXXIX; Pág. 2823
Petróleos Mexicanos es patrón sustituto de las compañías petroleras expropiadas, en los términos del artículo 35 de la Ley Federal del Trabajo; y la circunstancia de que se hayan declarado rotos los contratos de trabajo que habían celebrado las compañías petroleras expropiadas con sus trabajadores y la de que Petróleos Mexicanos no se haya hecho cargo de los bienes de aquéllas desde el momento mismo de la expropiación, no significa que Petróleos Mexicanos carezca del carácter de patrón sustituto de las mencionadas compañías expropiadas, con relación a los trabajadores de éstas, pues el decreto promulgado por el Ejecutivo Federal, en marzo de mil novecientos treinta y ocho, por virtud del cual fueron expropiadas las susodichas compañías, trajo como consecuencia la subrogación en favor de Petróleos Mexicanos, como causahabiente de esas empresas, de los derechos y obligaciones nacidos o concertados en los contratos de trabajo, celebrados entre el Sindicato de Trabajadores Petroleros de la República Mexicana, a través de sus diversas secciones, y las compañías indicadas.
Precedentes
Amparo directo en materia de trabajo 3873/45. Petróleos Mexicanos. 13 de septiembre de 1946. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.